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Documento BOE-B-2015-30413

Anuncio de Resolución de 31 de julio de 2015 de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de la comunidad autónoma de las Illes Balears, por la que se da publicidad a la solicitud del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Pla i Llevant de modificación del pliego de condiciones de la DOP Pla i Llevant.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 10 de octubre de 2015, páginas 42509 a 42510 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-B-2015-30413

TEXTO

Con fecha 2 de julio de 2015 el Consejo Regulador de la DOP Pla i Llevant presentó una solicitud para la modificación de su Pliego de Condiciones.

La mencionada solicitud propone la modificación de la zona de producción de la Denominación de Origen, para incluir el término municipal de Santanyi, lo que obliga a modificar el pliego de condiciones y el documento único.

La tramitación se realiza de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las Denominaciones de Origen Protegidas y de las Indicaciones Geográficas Protegidas en el Registro Comunitario y la oposición a ellas, modificado por el Real Decreto 149/2014 de 7 de marzo, y por tanto se someterá a un procedimiento de oposición nacional antes de su tramitación a los servicios de la Comisión Europea, por lo que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Se han actualizado los epígrafes del documento único y del pliego de condiciones, en relación a la autoridad de control y a la normativa de aplicación.

El artículo 30.43 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares de 2007, establece que la Comunidad Autónoma tiene la competencia exclusiva en materia de denominaciones de origen y otras indicaciones de procedencia relativas a los productos de la Comunidad Autónoma, título competencial que legitima esta tramitación que establece el artículo 58.1 del Estatuto.

Por todo ello, en virtud de las facultades que tengo atribuidas en materia de denominaciones de origen de acuerdo con el Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares,

Resuelvo

1. Continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Pla i Llevant para la modificación del Pliego de Condiciones y el Documento Único para la inclusión del término municipal de Santanyi en la zona de producción de la DOP Pla i Lllevant.

2. Exponer el pliego de condiciones y el documento único modificados en la página web de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?cont=46239&mkey=M63&&lang=es)

3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

4. Se establece un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, para que cualquier persona física o jurídica establecida o que resida legalmente en España, cuyos legítimos derechos o intereses considere afectados, pueda oponerse a la mencionada modificación mediante la correspondiente declaración de oposición dirigida a la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca del Govern de les Illes Balears, C/ Reina de la Constanza, 4, 07006 Palma.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con el artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Palma, 31 de julio de 2015.- El Director general de Agricultura y Ganadería.

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