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Documento BOE-B-2015-3217

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre notificación de propuesta de resolución y trámite de audiencia relativo al procedimiento sancionador incoado por infracción al texto refundido de la Ley de Aguas del expediente E.S. 124/14/BA.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2015, páginas 4425 a 4425 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-B-2015-3217

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), por la presente comunicación se notifican las Propuestas de Resolución y Trámite de Audiencia, formulado en Expediente Sancionador incoado por infracción a la Ley de Aguas que a continuación se relaciona, al no haber sido posible su notificación, ya que tras efectuar doble intento de la misma, dicha notificación no se ha podido practicar.

La Propuesta de Resolución y Trámite de Audiencia podrá ser recogido por el interesado o representante legal acreditado, en las oficinas de este Organismo sitas en c/ Sinforiano Madroñero, 12 de Badajoz, pudiendo solicitarse igualmente por escrito.

Se le significa que se le concede un plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la presente publicación para que pueda alegar lo que estime más conveniente en su defensa.

N.º de expediente. Interesado. Infracción. Sanción. Indemnización. Determinación.

E.S. 124/14/BA. D.ª Cándida Rodríguez Trejo. Ejecución de obras y trabajos en zona de Dominio Público hidráulico del Arroyo Entrín. Sanción: 100.000 € (cien mil ) euros. Determinación: 1.- Deberá proceder en plazo máximo de un mes, a restituir el cauce a su situación primitiva, acondicionando éste y la zona de servidumbre, con la advertencia de que su incumplimiento podría implicar la imposición de multa coercitiva y/o ejecución subsidiaria por este Organismo de Cuenca, siendo de su cuenta los gastos que por tal actuación se ocasionen.

Se le significa que la no restitución del cauce a su situación primitiva, determinará la obligación de indemnizar por los daños ocasionados al Dominio Público Hidráulico, valorados en 131.364 € (ciento treinta y un mil trescientos sesenta y cuatro euros), sin perjuicio del importe final que resulte de la ejecución subsidiaria que en su caso, lleve a cabo este Organismo.

2.- Significarle, asimismo, que al inicio de las actuaciones de restitución del cauce, deberá ponerse en contacto con el Agente Medioambiental de la zona, a fin de que supervise las actuaciones a realizar.

Badajoz, 12 de enero de 2015.- Comisario de Aguas.

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