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Documento BOE-B-2015-33034

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 2015, páginas 46153 a 46154 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-33034

TEXTO

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña,

Por el presente hago saber: Que en este órgano se tramita la Sección 1.ª, Declaración Concurso n.º 131/11-C, seguido a instancias de la procuradora doña Beatriz Castro Álvarez, en nombre y representación de la entidad deudora "AIXMA, OBRAS Y SERVICIOS, S.L", con CIF B-15.852.627, en los que ha recaído la siguiente resolución de fecha 13/10/2015, que se reproduce en extracto:

Auto

En A Coruña, a 13 de octubre de 2015.

Hechos

Primero.- Por la administración concursal se solicitó la conclusión del presente concurso, al amparo de lo dispuesto en el art. 152.2 LC por haber concluido la liquidación de los bienes y derechos de la concursada, presentando informe de rendición de cuentas, de todo lo cual por resolución de 27 de mayo de 2013 y de 8 de junio de 2015 se dio traslado a la deudora y demás partes personadas para que pudiesen formular oposición en el plazo de quince días.

Segundo.- Ha transcurrido el plazo concedido sin que por las partes se realizara alegación alguna al respecto.

Dispongo: Declarar la conclusión del concurso voluntario de AIXMA OBRAS Y SERVICIOS, S.L., domiciliada en calle Eduardo Blanco Amor, s/n, de Touro, A Coruña, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

2.- Procederá la extinción de la entidad AIXMA OBRAS Y SERVICIOS, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.

Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE.

Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.

Así lo acuerda manda y firma el Nuria Fachal Noguer, Magistrada-Juez en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de A Coruña, doy fe.

El Magistrado-Juez. El Letrado de la Administración de Justicia.

Se expide el presente a fin de que se lleve a efecto su publicación.

A Coruña, 19 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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