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Documento BOE-B-2015-33142

CAJA RURAL DE JAÉN, BARCELONA Y MADRID, SOCIEDAD
COOPERATIVA DE CRÉDITO
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAJA DE CRÉDITO COOPERATIVO, SOCIEDAD COOPERATIVA
DE CRÉDITO
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 2015, páginas 46306 a 46307 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2015-33142

TEXTO

Anuncio común de fusión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas y en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público para general conocimiento, lo siguiente:

La Asamblea General y Extraordinaria de socios de "Caja Rural de Jaén, Barcelona y Madrid, Sociedad Cooperativa de Crédito" y la Asamblea General Universal de "Caja de Crédito Cooperativo, Sociedad Cooperativa de Crédito", han aprobado, por unanimidad, en sus respectivas reuniones del 30 de octubre de 2015 y 28 de octubre de 2015, la fusión por absorción entre "Caja Rural del Jaén, Barcelona y Madrid, Sociedad Cooperativa de Crédito", como sociedad absorbente y "Caja de Crédito Cooperativo, Sociedad Cooperativa de Crédito", como sociedad absorbida, sucediendo la absorbente a la absorbida a título universal en la totalidad de los derechos y obligaciones de ésta, en función de los respectivos Balances de fusión, utilizando las sociedades participantes en la fusión a tales efectos los correspondientes al 30 de julio de 2015, encontrándose la totalidad de dichos Balances debidamente auditados.

El mencionado acuerdo de fusión ha sido adoptado de conformidad con el Proyecto de Fusión depositado en los Registros Mercantiles de Jaén y Madrid, correspondientes a los domicilios sociales de la Cooperativa absorbente y de la absorbida, respectivamente. Dicho acuerdo de fusión queda condicionado suspensivamente: a) la obtención de la preceptiva autorización de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, del Ministerio de Economía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 30 y siguientes del Real Decreto 84/1993, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito y b) el otorgamiento de la escritura de fusión.

Como consecuencia de esta fusión, los socios de la Cooperativa absorbida pasarán a ser socios de la absorbente, en los términos contemplados en el correspondiente Proyecto de Fusión. Los efectos contables de la operación tendrán lugar a partir del día 1 de noviembre de 2015.

Se hace constar expresamente (a) el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión, (b) el derecho de oposición que corresponde a los acreedores y (c) el derecho de los socios de las Cooperativas que se fusionan y que no hayan votado a favor, a separarse de su Cooperativa.

Jaén y Madrid, 3 de noviembre de 2015.- D. José Luis García-Lomas Hernández, Presidente del Consejo Rector de Caja Rural del Jaén, Barcelona y Madrid, S.C.C. y D. Domingo Barca Agueda, representante de Caja Rural de Soria, S.C.C., Presidente del Consejo Rector de Caja de Crédito Cooperativo, S.C.C.

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