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Documento BOE-B-2015-33346

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 2015, páginas 46558 a 46558 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-33346

TEXTO

Edicto

Doña Ángela Quesada Martos, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en Sección I declaración de concurso 0000499 /2015 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 19 de octubre de 2015 auto de declaración de Concurso de la Mercantil "Propilonce, S.L.", con CIF B-73462970, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Vasco de Gama, número 2 de Ceutí (Murcia).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración Concursal es la siguiente: Don José Manuel Pérez Tenedor, Economista.

La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: Gran Vía Escultor Salzillo, número 19, planta 11, puerta I (30005 Murcia).

La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: josemanuel@tenedoryasociados.es

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Murcia, 19 de octubre de 2015.- La Secretaria Judicial.

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