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Documento BOE-B-2015-34142

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 16 de noviembre de 2015, páginas 47642 a 47642 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-34142

TEXTO

Doña María José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona.

Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 839/2015- C.

Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado.

Entidad instante del concurso y CIF.- INDUSTRIAS IRIS, S.A., con domicilio en Barberà del Vallès (Barcelona), Polígono Industrial Can Salvatella, calle Mogoda, n.º 6-10, y CIF n.º A-08356545, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 23.864, folio 68, hoja B62484.

Fecha del Auto de Declaración.- 20-10-2015

Administradores concursales.- Bufete Marroquín Abogados y Economistas, S.L.P., con CIF n.º B64806607 y domicilio en la calle Borí i Fontestà, n.º 6, 5.º, de Barcelona, tlf. 93 201-35-11, fax 93 414-27-44 y con la dirección de correo electrónico: concursal@bufetemarroquin.com

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicio o a la dirección indicados.

Barcelona, 20 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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