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Documento BOE-B-2015-36049

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 2015, páginas 50134 a 50134 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-36049

TEXTO

Doña Begoña Ozamiz Bajeneta, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid, por el presente,

En este órgano judicial se tramita comunicación previa concurso y homologación judicial del acuerdo de refinanciación 0000873/2015 seguido a instancias de Cuarta Esfera, S.L., con CIF B47379649, con domicilio en la calle Zamora, n.º 1313 2, Zamora, por resolución de fecha 27-10-15, se ha rectificado el auto de 7-10-15 acordando:

1.- Homologar el acuerdo de refinanciación presentado por Íñigo Rafael Llanos González, en nombre y representación de Cuarta Esfera, S.L.

2.- Los efectos de la homologación del acuerdo de refinanciación se producen desde el día siguiente en que se publique la resolución en el B.O.E. Las entidades financieras acreedoras afectadas mantendrán sus derechos frente a los obligados solidariamente con el deudor y frente a sus fiadores o avalistas, quienes no podrán invocar ni la aprobación del acuerdo de refinanciación ni los efectos de la homologación en perjuicio de aquellos.

3.- En caso de no cumplir el deudor los términos de acuerdo de refinanciación, cualquier acreedor, adherido o no al mismo, podrá solicitar, ante el mismo juez que lo hubiera homologado, la declaración de su incumplimiento, de conformidad con el apartado sexto de la Disposición Adicional 4.ª de la LC.

4.- No podrá solicitarse otra homologación por el mismo deudor en el plazo de un año.

5.- Dentro de los quince días siguientes a la publicación, los acreedores afectados por la homologación judicial que no hubieran prestado su consentimiento podrán impugnarlo por los motivos contenidos en el punto cuarto de la disposición adicional 4.ª de la LC.

Valladolid, 19 de noviembre de 2015.- La Secretaria Judicial.

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