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Documento BOE-B-2015-4196

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2015, páginas 5761 a 5761 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-4196

TEXTO

Don José Maria Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincial.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1012/2014 CD en el que se ha dictado con fecha 14.01.2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad TALLERES NAR, sociedad limitada unipersonal. con Cif B-58152448 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019 – 47 – 1 – 2014 – 8008555

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso

Concursada: TALLERES NAR, sociedad limitada. con domicilio en Gran Via de les Corts Catalanes núm. 1107, 08020-Barcelona.

Administrador concursal: D. Juan Antonio Vila Florensa, con domicilio en Via Augusta, 48 1.º 5.ª, Barcelona con correo electrónico: talleresnar@arraut-salareixachs.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 26 de enero de 2015.- El secretario judicial, don José María Valls Soriano.

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