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Documento BOE-B-2015-5063

Resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se declara la utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica de distribución de media tensión "Proyecto de modificación aérea de L/66 kV Cordobilla-Jauja-Procerán y L/66 kV Lucena-Montilla-Procerán para eliminación del apoyo n.º 54 de entronque en el término municipal de Aguilar de la Frontera (Córdoba)". Expediente AT 427/05 Y AT 51/92.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2015, páginas 6957 a 6960 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2015-5063

TEXTO

Antecedentes

Primero: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., solicita ante esta Delegación la Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para la instalación eléctrica de alta tensión recogida en el proyecto, suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, denominado "Proyecto de modificación aérea de L/66 kV Cordobilla-Jauja-Procerán y L/66 kV Lucena-Montilla-Procerán para eliminación del apoyo n.º 54 de entronque en el término municipal de Aguilar de la Frontera (Córdoba)", correspondiéndole los números de expediente AT 427/05 y AT 51/92, por tratarse de una modificación de los mismos.

Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II y V del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, de aplicación al presente en virtud de lo establecido en la Disposición transitoria primera de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico.

Tercero: En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose a tal efecto anuncio en el BOJA n.º 214, de 3 de noviembre de 2014, en el BOP de Córdoba número 214, de fecha 7 de noviembre de 2014, en el BOE n.º 260, de 27 de octubre de 2014 y en el Diario ABC de 27 de octubre de 2014.

De igual forma ha sido realizada la exposición pública de dicho anuncio en el tablón de edictos del Ilmo Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera desde el día 21 de octubre de 2014 hasta el día 14 de noviembre de 2014 y practicada la notificación individual a los titulares afectados.

Cuarto: En cumplimiento de los artículos 131 y 146 del de Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, fueron notificados las administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios.

Quinto: Efectuado el trámite anterior, no se han recibido alegaciones.

Sexto: Con fecha 16 de diciembre de 2014 se dictó por el Ilmo Sr. Delegado de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la resolución de Autorización Administrativa y Aprobación de del Proyecto solicitado.

Fundamentos de Derecho

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el R.D. 4.164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto del Presidente 4/2013, de la Vicepresidencia y sobre Reestructuración de Consejerías, Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía y la Orden de 5 de junio de 2013 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Segundo. Vista la Resolución de esta Delegación Territorial de 16 de diciembre de 2014 que concede la autorización administrativa y aprueba el proyecto de ejecución de las instalaciones correspondientes a los expedientes AT 427/05 y AT 51/92, lo que implica el reconocimiento expreso de su carácter de instalación de distribución de energía, de conformidad con los artículos 54.1 de la Ley 24/2013, de 27 noviembre, del Sector Eléctrico y 140.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, procede declarar la utilidad pública, en concreto, del proyecto denominado "Modificación aérea de L/66kv Cordobilla-Jauja-Procerán y L/66kv Lucena-Montilla-Procerán para eliminación del apoyo n.º 54 de entronque en el t.m. de Aguilar de la Frontera (Córdoba)".

Por su parte, el artículo 150 del Real Decreto 1955/2000 establece que "declarada la utilidad pública de la instalación, se iniciarán las actuaciones expropiatorias, conforme al procedimiento de urgencia establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa...", añadiendo éste que "se notificará a los interesados afectados, según los artículos 3 y 4 de esta Ley, el día y la hora en que ha de levantarse el acta previa a la ocupación".

Coincidiendo la normativa aplicable en prescribir la publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia o provincias afectadas, tanto de la resolución sobre la declaración de utilidad pública, como del levantamiento de actas previas a la ocupación, de conformidad con el artículo 75.1 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre cabe acumular en un solo acto tanto la declaración de utilidad pública, como la convocatoria de actas previas a la ocupación, al ser ésta última consecuencia necesaria de la resolución, y coincidir la publicación en el BOE y Boletín Oficial de la Provincia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, y teniendo en cuenta cuanto antecede, esta Delegación Provincial, resuelve:

Primero. Declarar la utilidad pública en concreto, a los efectos de expropiación forzosa, lo que conlleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, del proyecto denominado "Modificación aérea de L/66 kV Cordobilla-Jauja-Procerán y L/66 kV Lucena-Montilla-Procerán para eliminación del apoyo n.º 54 de entronque en el término municipal de Aguilar de la Frontera (Córdoba)" correspondiéndole los números de expediente AT 427/05 y AT 51/92, por tratarse de una modificación de los mismos, cuyas afecciones derivadas de la expropiación son las siguientes según consta en la relación de bienes y derechos afectados:

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

* LÍNEA 66 KV JAUJA-PROCERÁN

AFECCIONES
ZONA SERVIDUMBRE APOYOS OCUPACIÓN TEMPORAL
N.º FINCA S/PROYECTO POLÍGONO N.º PARCELA S/CATASTRO TÉRMINO MUNICIPAL PARAJE USO NOMBRE APELLIDOS LONG. (ML)

SUPEF. (M²)

APOYOS (N.º)

SUPERF(M²) SUP.OCUP.POR ACOPIO DE MATERIAL Y MONTAJE (M²)
1 38 19 AGUILAR DE LA FRONTERA MINGO LECHIN OLIVAR MARIA TERESA VERGARA REINA 255 2327 2 (N.º 53 Y 54) 80 3.927

LÍNEA 66 KV CORDOBILLA-LUCENA

AFECCIONES
ZONA SERVIDUMBRE APOYOS
N.º FINCA S/PROYECTO POLÍGONO N.º PARCELA S/CATASTRO TÉRMINO MUNICIPAL PARAJE USO NOMBRE Y APELLIDOS LONG. (ML) SUPEF. (M²) APOYO (N.º) SUPERF(M²) SUP.OCUPACIÓN POR ACOPIO DE MATERIAL Y MONTAJE (M²)
1 38 19 AGUILAR DE LA FRONTERA MINGO LECHIN OLIVAR MARÍA TERESA VERGARA REINA 164 1670
2 38 15 AGUILAR DE LA FRONTERA MINGO LECHIN OLIVAR CÉSAR VITORICA YLLERA 66 550

- Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en el artículo 56 y ss. de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:

a) Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.

b) Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o plantaciones de cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.

c) Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones, mantenimiento, etc.

d) Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las instalaciones.

Segundo. Convocar a los titulares de los bienes y derechos afectados por la misma para que comparezcan el día 5 de marzo de 2015 a la hora determinada en la notificación de la presente en el Ilmo. Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera (Córdoba), en cuyo término municipal radican las fincas afectadas para, de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, llevar a cabo el levantamiento del acta previa a la ocupación y, si procediera, la de ocupación definitiva.

A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos e intereses sobre bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de titularidad (certificación o nota simple del registro de la Propiedad) y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles. De igual forma, pueden hacerse acompañar de sus peritos y un notario, si lo estiman oportuno.

Tercero. La presente resolución, de conformidad con el artículo 148.2 del Real Decreto 1955/2000 y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se notificará a los interesados y será publicada en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el BOJA y en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pozoblanco, sirviendo la misma como notificación a los efectos del artículo 59.5 de la LRJAP y PAC respecto a aquellos interesados en el procedimiento que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiera podido practicar.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos, desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 116.1 de la LRJAP y PAC, y artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, respectivamente.

El Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, P.D. (Orden de 5 de junio de 2013 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo).

Córdoba, 15 de enero de 2015.- El Delegado Territorial, José Ignacio Expósito Prats.

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