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Documento BOE-B-2015-5087

TERUEL

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2015, páginas 6984 a 6984 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2015-5087

TEXTO

Edicto

Doña Laura Hernández Marzo, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Teruel, por el presente, hago saber:

Primero. Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I declaración concurso 418 /2014 y NIG número 44216 41 1 2014 0001630, se ha dictado en fecha 24 de noviembre de 2014 Auto de declaración de concurso del deudor Dolmaporc, S.L., con DNI número B44161461, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Gil, 3, de Mirambel (Teruel) 44141.

Segundo. Se ha acordado que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la Administración, mediante su autorización o conformidad.

Tercero. El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Cuarto. La identidad de la Administración Concursal es la siguiente: Florentino Vivancos Gasset.

La dirección postal de la Administración Concursal es la siguiente: Calle Boix y Morer, número 9, planta 1, oficina 1, Madrid.

La dirección electrónica de la Administración Concursal es la siguiente: despacho@vivancosabogados.com

Quinto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Teruel, 14 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.

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