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Documento BOE-B-2015-725

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2015, páginas 1026 a 1026 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-725

TEXTO

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario voluntario n.º 1500/11 habiéndose dictado en fecha 20 de octubre de 2014 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de:

Salones de Banquetes Palasiet, S.L. con domicilio en Polígono Industrial B, Carretera Xàtiva-La Llosa, Xàtiva, CIF n.º B96534870 inscrita al Registro Mercantil de Valencia, al tomo 5538, libro 2845, Sección general, folio 176, hoja número V-48865 inscripción 1.ª

Hotel Restaurante La Masía, S.L., con domicilio en avenida de los Deportes, sin número, Alzira (Valencia) y CIF B96243829, inscrita al Registro Mercantil de Valencia, al Tomo 4760, libro 2070, de la sección general, folio 20, hoja número V-31754, inscripción 1.ª

Restauración Reslari, S.L., con domicilio en Carretera de Albalat, sin número, esquina avenida de los Deportes, Alzira, y CIF B97505754, inscrita al Registro Mercantil de Valencia, al tomo 7921, libro 5216, folio 122, sección 8.ª, hoja V-99439, inscripción 1.ª

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a don Jorge Tamarit Barres con domicilio en la Gran Vía Fernando el Católico, n.º 18-1, 46008, Valencia y correo electrónico jorge.tamarit@coev.com. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 20 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

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