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Documento BOE-B-2015-7361

EL EJIDO

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 10 de marzo de 2015, páginas 10080 a 10080 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2015-7361

TEXTO

Edicto

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario - 250.1.2) 555/2013 seguido a instancia de ASHRAF BELRHITI ALAOUI EL MAGHRAOUI frente a Jraba Ennaji y Habiba El Mardi se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia n.º 57/2014

En El Ejido, a 10 de julio de 2014.

Gonzalo Alcoba Gutiérrez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 5 de El Ejido y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal (Desahucio Precario - 250.1.2) 555/2013 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Ashraf Belrhiti Alaoui El Maghraoui, representada por la Procuradora Sra. Gilabert Martín y asistida por Letrada, y de otra como demandados doña Habiba El Mardi y doña Jraba Ennaji, en rebeldía procesal, sobre desahucio por precario he dado en dictar la presente sentencia, en base a los siguientes,

Fallo: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Sra. Gilabert Martín, en nombre y representación de Dña. Ashraf Belrhiti Alaoui El Maghraoui, frente a D. Habiba El Mardi y Jraba Ennaji en rebeldía procesal, debo declarar y declaro que los codemandados se hallan, en la actualidad, haciendo uso como precaristas, es decir, sin título que permita entender limitada la facultad de disposición y exclusión de la propietaria, de la finca sita en paraje La Cumbre, número 425, 04700 de El Ejido, declarando haber lugar a su desahucio, debiendo los codemandados pasar por tal pronunciamiento; así como condenar a los codemandados a dejar libre, vacua y expedita la mencionada finca a disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de lanzamiento en la fecha señalada al efecto en esta causa y con imposición a los demandados de costas procesales.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma Gonzalo Alcoba Gutiérrez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 5 de Almería. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Habiba El Mardi y Jraba Ennaji, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

El Ejido, 6 de noviembre de 2014.- El/la Secretario Judicial.

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