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Documento BOE-B-2015-7660

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2015, páginas 10478 a 10478 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-7660

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento número 1019/2014 referente al deudor Exergia Ingeniería, S.L., se ha dictado Auto con fecha 24/02/2015 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente

Parte dispositiva

Primero.-Debo declarar y declaro el concurso voluntario de la entidad Exergia Ingeniería, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Begoña Urizar Arancibia, y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa.

Segundo.-Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al Procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.

Tercero.-Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia.

Cuarto.-Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

Quinto.-Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución, copia de los inventarios y de las listas de acreedores, y del escrito de subsanación, por si los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de insolvencia punible.

Bilbao, 25 de febrero de 2015.- El Secretario judicial.

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