Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-7900

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2015, páginas 10840 a 10840 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-7900

TEXTO

D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 97/2015 y NIG n.º 07040 47 1 2015 0000171 se ha dictado en fecha 2 de marzo de 2015 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor 1925 Promociones Es Trenc, S.L., con n.º de CIF B-57076010, cuyo centro de intereses principales lo tiene en plaza del Rosario, n.º 5, 3.º-B, 07001 de Palma de Mallorca.

2.º Se ha acordado la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º Se ha designado, como Administración concursal a la mercantil De Juan Moreno Estudios Jurídico Fiscal, S.L. con n.º de CIF B57076010 y domicilio en Plaza del Rosario, n.º 5, 07001 de Palma de Mallorca, quien ha designado para las funciones propias de la Administración concursal, al titulado mercantil D. Guillermo Moreno Ribas, con domicilio en Plaza del Rosario, numero 5, 3-B, 07001 de Palma de Mallorca, quien en fecha 9 de marzo de 2015, ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal: Plaza del Rosario, n.º 5, 3.º B, 07001 de Palma de Mallorca, o dirección de correo electrónico, gmoreno@ejf.es en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

En Palma, 9 de marzo de 2015.- EL Secretario judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid