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Documento BOE-B-2015-8553

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2015, páginas 11726 a 11726 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-8553

TEXTO

Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso

Doña Maria Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 133/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad REHTSE, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 133/2015 Sección Cl.

Nig del procedimiento.- 08019-47-1-2015-8000868.

Entidad Concursada.- REHTSE, SL, con CIF n° B58599366.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del Auto de declaración. - 23 de febrero de 2015.

Administrador/es Concursal/es.- Miguel Ángel Albertc Piazuelo, con domicilio profesional en C. Castillejos, 329-331, 1º 1ª, 08025 Barcelona, n° de teléfono 93 4364573, n° de fax 934334624, con dirección electrónica concursoalpi@gabinetealpi.net,

Facultades del Concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Admnistración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitidos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 2 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.

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