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Documento BOE-B-2015-8691

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2015, páginas 11906 a 11906 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-8691

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,

Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 001451/2014 habiéndose dictado en fecha 27/02/15 por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Se Declara en Estado de Concurso Voluntario a la mercantil HOSTELERIA Y RESTAURACION LA BARRACA DE VICENT, S.L., se ha presentado solicitud de declaración de concurso voluntario de la citada entidad, con domicilio en La Pobla de Vallbona (Valencia), calle Hernán Cortés, número 7-10ª, y C.I.F. número B-98470198, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 9710, libro 6992, folio 38, hoja V-156673.

Asimismo, se Declara la Conclusión del Concurso por Insuficiencia de la Masa Activa.

Se declara la disolución de la sociedad y el cierre o cancelación de la hoja registral y asimismo de su extinción.

Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán, gratuitamente, en el BOE, de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el Registro Público Concursal. A cuyos efectos se entregarán al Procurador de los Tribunales de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la ley Concursal. Póngase en conocimiento de dicho Procurador que, en plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE los oportunos edictos.

Expídase por la Sra. Secretario Judicial, mandamiento por duplicado ejemplar, al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la declaración del concurso y de la conclusión, así como de la disolución de la sociedad y su extinción. Debiéndose proceder también al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

Fórmese la Sección 1.ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifíquese la presente resolución al deudor, a la AEAT y a la TGSS.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días y para la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.

Valencia, 2 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.

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