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Documento BOE-B-2015-9017

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2015, páginas 12386 a 12386 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-9017

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.- Que en el procedimiento número 168/2015, NIG n.º 48.04.2-15/005114, por auto de 6/3/2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Participaciones Alondra, S.L., con CIF B-95333902, con domicilio en Alameda de Recalde, n.º 36, 8.ª planta, Bilbao, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao.

2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.

3.- Que la administración concursal está integrada por la entidad Abencys Reestructuraciones, S.L., con CIF n.º B-86850856, que reúne los requisitos establecidos en el artículo 27.1 último inciso de la LC, quien designa para la representación el cargo a D. Luis Aurelio Martín Bernardo.

Domicilio postal: 48004 Bilbao, C/ Luis Luciano Bonaparte, n.º 19, 1.º C.

Dirección electrónica: concurso.participacionesalondra@abencys.com

4.- Que lo acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es

Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el BOE, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el art. 23 LC y demás preceptos a que aquel se remiten, se publicarán en la Sección 1.ª de Edictos concursales del Registro Público Concursal (art. 23.1 LC y art. 7 RD 892/2013).

Bilbao (Bizkaia), 6 de marzo de 2015.- La Secretario judicial.

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