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Documento BOE-B-2015-9324

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2015, páginas 12794 a 12794 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-9324

TEXTO

D. Gregorio Pérez Fernández-Mayoralas, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,

Por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección primera del concurso n.º 314/2014 y NIG n.º 13034 41 1 2014 0016384, se ha dictado en fecha 19 de marzo de 2015 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor LOGISTICA MONCHI, S.L., con CIF: n.º B-13409354, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Daimiel, calle Prim, n.º 2, 3.º D (Ciudad Real).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado como administración concursal la Letrada doña Ana Fernández Bravo Pinto, con domicilio en Avenida del Rey Santo, n.º 8, 6.º C, de Ciudad Real y correo electrónico, ana@fernandezbravoauditores.com.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 23 de marzo de 2015.- Secretario judicial.

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