Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid,
Anuncia
Que en este Juzgado se han seguido Autos de concurso voluntario abreviado bajo el número 924/2010 de la mercantil Segmento Línea Empresarial, S.L.U., en los que se ha dictado Auto en fecha 10 de marzo de 2016 acordando:
Primero. Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal en el concurso de Segmento Línea Empresarial, S.L.U., con CIF B-82607086, y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento.
Segundo.-La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales. Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal.
Tercero.-Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concursado y sobre los acreedores de la concursada.
Cuarto.-Se dispone la extinción y cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Quinto.-Anúnciese la conclusión del concurso en el Boletín Oficial del Estado que tendrá carácter gratuito.
Y para que sirva de publicidad en forma se expide el presente.
Madrid, 10 de marzo de 2016.- El Letrado/a de la Administración de Justicia.
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