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Documento BOE-B-2016-34049

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 14 de julio de 2016, páginas 41758 a 41758 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-34049

TEXTO

Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 835/12 habiéndose dictado en fecha 21 de junio de 2016 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Se decreta la conclusión del concurso voluntario abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 835/12, promovido por el Procurador Sr. Alario Mont, Rafael Francisco, en nombre y representación de la mercantil Husesolar, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Josep Gallel Boix, con DNI n.º 22523331Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Husesolar, S.L., con CIF B- 97593131, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Valencia, 21 de junio de 2016.- La letrada de la Administración de Justicia.

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