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Documento BOE-B-2016-37321

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 4 de agosto de 2016, páginas 46051 a 46051 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-37321

TEXTO

Edicto

Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 484/2016 en el que se ha dictado con fecha 15/06/2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad SECOSILECO, S.L. con CIF B 6297860 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2016 - 8004143.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso Concursada: SECOSILECO, S.L. con domicilio en Francesc Layret 134, local 08911 Badalona.

Administrador concursal: PGM IURIS CONSULTING, S.L.P., con domicilio en Rambla Catalunya, 91-93, 4.° 3.ª Barcelona con correo electrónico concursal@pgmic.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos a crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad del personarse.

Dado en Barcelona a, 15 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia. Fdo.: Margarita Marquina Castells.

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