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Documento BOE-B-2016-4070

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2016, páginas 5294 a 5294 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-4070

TEXTO

Edicto

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º Dos de los de Las Palmas, con sede en Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000596/2015, seguido a instancias del Procurador don ADOLFO MARTÍN MORALES, en nombre y representación de COINVER SIMON Y OJEDA S.L., se ha dictado Auto el día 22/12/15, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de COINVER SIMON Y OJEDA S.L., con C.I.F. n.º 76.022.193, inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, al tomo 1.922, folio 33, hoja GC.-41.721 e inscripción 1.ª, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designa como Administrador del concurso a: D. JAVIER ALVAREZ CABRERA, como Auditor, con domicilio sito en la calle Triana, n.º 120, 1.ª planta, C.P. 35.002 Las Palmas de Gran Canaria, telf.: 928.37.07.78, fax: 928.38.06.78, y dirección electrónica jalvarez@rsm.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Para el caso de que algún crédito fuera presentado directamente en el Juzgado se tendrá por no comunicado, al no ser válida dicha comunicación.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Las Palmas de Gran Canaria, 28 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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