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Documento BOE-B-2016-42427

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 17 de septiembre de 2016, páginas 52711 a 52712 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNAL DE CUENTAS
Referencia:
BOE-B-2016-42427

TEXTO

EDICTO

Actuaciones Previas n.º 116/13, Ramo: Comunidad Autónoma (Consejería de Empleo - Ayudas destinadas a Empresas para la Financiación de Planes de Viabilidad) Lugar: Andalucía

Doña Mónica Corchón González, Secretaria de las Actuaciones Previas de referencia,

Hace saber: Que en dichas Actuaciones Previas se ha dictado por la Delegada Instructora la siguiente:

"PROVIDENCIA.- Delegada Instructora señora Carriedo Moreno.- En Madrid, a dos de septiembre de dos mil dieciséis.- Habiéndose requerido a PRIMAYOR (actualmente denominada CAMPOCARNE ANDALUCÍA, S.A.), con CIF A-23407554, como presunta responsable del alcance declarado en estas actuaciones, por Providencia de fecha 24 de febrero de 2015, para que reintegrase, depositase o afianzase la cantidad de seiscientos treinta y seis mil un euros con cuarenta y seis céntimos (636.001,46 €) de los que corresponden 581.804,73 euros a principal y 54.196,73 euros a intereses, en las Actuaciones Previas a que se refieren estos autos, y no habiéndose atendido el mencionado requerimiento, se dictó Providencia de fecha 9 de septiembre de 2015 por la que se acordó el embargo de bienes y derechos de la citada sociedad que fue debidamente notificada al interesado.- En consecuencia, procede decretar, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 47.1.g) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, y demás preceptos concordantes sobre este particular, el embargo del derecho de embargo de CAMPOCARNE ANDALUCÍA, S.A., con CIF A-23407554, que consta en la Nota Simple expedida por el Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María nº 1, en cantidad suficiente para asegurar el derecho de la Hacienda Pública a reintegrarse de los posibles perjuicios irrogados objeto de las presentes actuaciones.- En base a esta Providencia, se librará comunicación al Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María nº 1, para que proceda a la práctica del embargo preventivo, practicando la anotación correspondiente de la finca que seguidamente se indica:- Finca nº 16328 del Puerto de Santa María; inscrita en el Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María nº 1, Tomo 2173, Libro 1515, Folio 172, IDUFIR: 11021000227859; de la que CAMPOCARNE ANDALUCÍA, S.A. posee un embargo a su favor para responder de 1.113,98 € de principal y 334/19 euros estimadas para costas, intereses y gastos, según autos seguidos con el número 2004/86 en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de dicha ciudad, y anotado con la letra I de fecha 03/07/2004.- Líbrese testimonio de esta providencia al Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María nº 1, y notifíquese a CAMPOCARNE ANDALUCÍA, S.A., así como al Representante Legal de la Junta de Andalucía, al Partido Popular de Andalucía (actor público) y al Ministerio Fiscal.- Dada la imposibilidad de practicar la notificación de la citada Providencia a CAMPOCARNE ANDALUCÍA, S.A., notifíquesele mediante Edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Tribunal.- Lo manda y firma la señora Delegada Instructora, de lo que doy fe. La Secretaria de las Actuaciones: Mónica Corchón González.- Firmado y rubricado".

Los derechos o exacciones a que dé lugar la publicación de este Edicto se incluirán en la correspondiente tasación de costas en el supuesto de que hubiera condena expresa en los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 68, apartado 2, de la Ley 7/1988, de Funcionamiento de este Tribunal.

Lo que se hace público para que sirva de notificación a CAMPOCARNE ANDALUCÍA, S.A.

Madrid, 2 de septiembre de 2016.- La Secretaria de Actuaciones Previas, Mónica Corchón González.

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