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Documento BOE-B-2016-42887

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 17 de septiembre de 2016, páginas 53174 a 53175 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-42887

TEXTO

Edicto

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000328/2010 habiéndose dictado en fecha 15/06/16 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistra-Juez el Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositia es el siguiente tenor:

Parte dispositiva:

Se Decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000328/2010, promovido por el Procurador Sr/a Uixera Marzal, Salvador, en nombre y representación de la mercantil TRANS MITIC SL, y el ARCHIVO de las presentes actuaciones sin trámite por no existir bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don Antonio Pradas Mañes, con DNI Nº 19848209Z, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil TRANS MITIC SL, con C.I.F. nº B97343008, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 27/04/16.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada UIXERA MARZAL, SALVADOR a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de 10 días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RCP los referidos edictos. Asimismo, expídase mandamiento al Registro de la Propiedad de Paterna a fin que sea cancelada la anotación de la declaración de concurso de la finca siguiente:

Finca nº 59992, tomo 1913, libro 540 de Paterna, folio 149.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese trestimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sr./a D/Dña María del Mar Fernández Barjau Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Valencia, 15 de junio de 2016.- La Letrada de la Admón. de Justicia.

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