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Documento BOE-B-2016-6601

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2016, páginas 8376 a 8377 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-6601

TEXTO

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm.3 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000040/2013 habiéndose dictado en fecha 08/02/2016 por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario respecto de la concursada Servicio Técnico Inside, S.L., cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1.- Se declara la conclusión del concurso ordinario voluntario de la mercantil SERVICIO TÉCNICO INSIDE, S.L., con C.I.F. n.º B-97163174, tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000040/2013, promovido por la Procuradora Sra Laura Lucena Herráez; continuando la tramitación del procedimiento con respecto de la concursada Inside and Technology.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor Servicio Técnico Inside, S.L., salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Alamar Estudio Jurídico S.L.P. -Marcelino Alamar Llinas-, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Servicio Técnico Inside, S.L., con C.I.F. B97163174, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 09/11/2015.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el tablón de anuncios del Juzgado y Registro Público Concursal, y mandamientos que se entregarán a la Procuradora de la concursada Laura Lucena Herráez, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2.ª y 5.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma la Itma. Sra doña María del Mar Fernández Barjau Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez Firma del Letrado de la Administración de Justicia.

Valencia, 8 de febrero de 2016.- La Letrada Admon Justicia.

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