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Documento BOE-B-2017-14626

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 2017, páginas 17231 a 17231 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-14626

TEXTO

EDICTO

Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado nº 32/2017-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2017 0000066, en el cual se ha dictado en fecha de 14 de Febrero de 2017, Auto de declaración de concurso voluntario de la sociedad "Contratas Seyma, S.L.", con C.I.F. número B50554807 y domicilio social en Zaragoza, Calle Félix Latassa, nº 27, piso sexto centro, C.P. 50006.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la sociedad concursada sobre su patrimonio, mediante autorización o conformidad de la Administración Concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Asesoría Caesaragusta, S.L.P.", con CIF B50780808, representada por el economista Don José Manuel Sebastian Rubio, con DNI. 17.218.675-R; con dirección postal a efectos de notificaciones y comunicación de créditos: Calle Madre Rafols, nº 2, Edificio Aida, Local derecha, 50004-Zaragoza; Teléfono móvil: 607264046; Fax: 976249400; y correo electrónico: jms@concursovoluntario.es

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artº 184.3 Ley Concursal)

Zaragoza, 23 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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