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Documento BOE-B-2017-2687

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2017, páginas 3275 a 3275 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-2687

TEXTO

Edicto

Doña M.ª Teresa Oliver García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 407/2016, seguido a instancias de la Procuradora Dña. Ithaisa Viñoly García, en nombre y representación de Viajes Imansur, S.L., se ha dictado Auto el día 20/12/2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Viajes Imansur, S.L., con CIF n.º B-35833110, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. José Yamal Hawach Vega, como titulado mercantil, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ Albareda, n.º 54, 4.º-A, de Las Palmas de Gran Canaria. Teléfono 928-22-42-89, Fax 928-49-34-45, así como Dirección electrónica concursoviajesimansur4072016@gmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; que la concursada conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad..

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de diciembre de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

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