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Documento BOE-B-2017-35453

Resolución EMC/ /2017, de 9 de mayo, de la Generalitat de Cataluña, Departamento de Empresa y Conocimiento, Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial por la que se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, la autorización administrativa previa, la declaración en concreto de utilidad pública y la autorización administrativa de construcción del cambio de topología de la línea aérea en 220 kV Begues-Viladecans para su conversión en la línea aérea-subterránea en 220 kV Begues-Gavarrot 2, en los términos municipales de Viladecans y Sant Boi de Llobregat (expediente 2016/34542).

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2017, páginas 42720 a 42724 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2017-35453

TEXTO

Antecedentes

La empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, en adelante Red Eléctrica, con domicilio social en el Paseo del Conde de los Gaitanes, 177, Alcobendas, Madrid, solicita la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública del cambio de topología de la línea aérea a 220 kV Begues-Viladecans para su conversión en la línea aérea-subterránea a 220 kV Begues-Gavarrot 2, en los términos municipales de Sant Boi de Llobregat y Viladecans.

De conformidad con lo que prevé el artículo 19 de la Ley 18/2008, del 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico; el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y de acuerdo con la regulación establecida en los títulos VI y IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, se somete a información pública la solicitud mencionada mediante la publicación del correspondiendo anuncio en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya número 7305, de 9 de febrero de 2017, en el Boletín Oficial del Estado número 34, de 9 de febrero de 2017, en La Vanguardia de 9 de febrero de 2017 y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de los términos municipales de Sant Boi de Llobregat y de Viladecans. En este trámite de información pública no se han presentado alegaciones.

En cumplimiento del trámite estipulado en el artículo 19 de la ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico, la solicitud se ha notificado individualmente a los titulares de bienes y derechos afectados.

De acuerdo con el que dispone el Título VI de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial traslada la solicitud y envía separata a los organismos y empresas públicas siguientes: Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat, Ayuntamiento de Viladecans, Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada Unipersonal, en adelante Endesa, Aguas de Barcelona, y Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

El Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat informa favorablemente condicionado a que la configuración de la red de alcantarillado existente en la zona no se vea afectada por el paso de la infraestructura proyectada y que se dé conocimiento a Endesa del proyecto. Red Eléctrica expresa su conformidad con los condicionados.

Endesa informa favorablemente y el resto de organismos, previa reiteración, no se pronuncian, por lo que se entiende su conformidad.

La Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital informa favorablemente a los efectos previstos en el artículo 35.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Red Eléctrica manifiesta su conformidad al informe.

Fundamentos de derecho

Esta instalación aparece programada en el documento Planificación Energética: Plan de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica 2015-2020, aprobado por el Consejo de Ministros el 16 de octubre de 2015.

Considerando que la autorización de las instalaciones de transporte que son competencia de las comunidades autónomas requieren informe de la Dirección General de Política Energética y Minas, en el que ésta consignará las posibles afecciones de la instalación proyectada a los planes de desarrollo de la red, a la gestión técnica del sistema y al régimen económico de éste, que la Administración autorizante deberá tener en cuenta en el otorgamiento de la autorización.

Considerando el procedimiento seguido, según las indicaciones establecidas en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables en las instalaciones eléctricas en Cataluña.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Ley 26/2010 de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Resuelvo:

1. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la urgente ocupación de los bienes y los derechos afectados que se sometieron a un periodo de información pública mediante el anuncio publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya número 7305, de 9 de febrero de 2017, en el Boletín Oficial del Estado número 34, de 9 de febrero de 2017, en La Vanguardia de 9 de febrero de 2017; y comporta las afecciones que se describen y las que puedan aflorar o modificarse en la tramitación del expediente.

2. Otorgar a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del cambio de topología de la línea aérea a 220 kV Begues-Viladecans para su conversión en la línea aérea-subterránea a 220 kV Begues-Gavarrot 2, con las características técnicas siguientes:

El proyecto consiste en el cambio topológico de la línea aérea de transporte de energía eléctrica Begues-Viladecans para formar la línea aérea-subterránea Begues-Gavarrot 2, mediante la construcción de un nuevo tramo de línea subterránea de simple circuito a 220 kV con una longitud de 0,385 km que conectará la actual posición Begues en la subestación Viladecans con la subestación Gavarrot.

La línea discurrirá desde los terminales exteriores sobre soportes metálicos en la posición de Begues del parque de 220 kV de la subestación Viladecans y seguirá el vial interior de la subestación Viladecans en dirección este hasta la puerta de entrada.

Una vez la traza abandona la subestación Viladecans, ésta gira en dirección este por la calle de La Rioja hasta introducirse en dirección norte dentro de la galería subterránea de la subestación Gavarrot. La longitud de la traza por la calle de La Rioja es de 63 m.

La línea discurre por la galería de la subestación Gavarrot hasta llegar a la altura de los terminales de tecnología GIS.

Sistema: Corriendo alterna trifásica.

Frecuencia: 50 Hz.

Tensión nominal de la red: 220 kV.

Origen de la línea: Subestación Viladecans.

Final de la línea: Subestación Gavarrot.

Número de circuitos: 1.

Factor de carga: 100%

Capacidad de transporte por circuito: 414 MVA.

Número de cables por fase: 1.

Tipo de cable: 1 de 2000 mm² XLPE.

Disposición de los conductores: Tresbolillo.

Tipo de canalización: Tubular hormigonada.

Profundidad de zanja: 1.450 mm.

Conexión de pantallas: Single-Point.

Número unidades terminales origen: 3.

Final línea subterránea: GIS.

Número unidades terminales final: 3.

Número de empalmes: 0.

Longitud de la línea subterránea (en zanja): 0,385 km (0,342 km).

Términos municipales afectados: Viladecans y Sant Boi de Llobregat, en la provincia de Barcelona.

Presupuesto: 900.827 euros.

Finalidad: Actuación estructural para mejorar la seguridad de suministro.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes mencionada, y también el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y sometida a las condiciones especiales siguientes:

- 1 Las instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero industrial señor Luis Priego García, colegiado número 14950 del Colegio de Ingenieros Industriales de Madrid, y visado el 2 de diciembre de 2016 con el número 201603803, con las variaciones que, si ocurren, se soliciten y se autoricen.

- 2 La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, aprobado por el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo; el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión; la Ley 18/2008, del 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico; la Ley 9/2014, del 31 de julio, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos, y el resto de disposiciones de aplicación general.

- 3 La empresa titular es la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

- 4 El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada es de dos años a contar de la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

- 5 La Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, podrá realizar, durante las obras y una vez acabadas, las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

- 6 Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al mencionado órgano administrativo el comienzo de las obras, las incidencias dignas de mención que se produzcan durante la ejecución y su finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de las obras se adjuntará el certificado de dirección y finalización de instalación que acredite que se ajustan al proyecto aprobado y que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas, y, si fuera necesario, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas.

- 7 La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que ésta impone.

En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

- 8 Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas que sean necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada delante del Secretario de Empresa y Competitividad del Departamento de Empresa y Conocimiento, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Barcelona, 9 de mayo de 2017.- El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Pere Palacín i Farré.

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