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Documento BOE-B-2017-36995

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón sobre la aprobación del expediente de información pública y definitiva del "Documento para Información Pública del Nuevo Ramal del Enlace de Sabiñánigo Oeste. Autovía Mudéjar (A-23). Tramo: Sabiñánigo Este (E) - Sabiñánigo Oeste (O)". Provincia de Huesca. Clave 12-HU-5770.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 2017, páginas 44561 a 44562 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2017-36995

TEXTO

Por Resolución de 25 de abril de 2017 el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por delegación del Ministro de Fomento, conforme a la En base a la Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio, por la que se modifica la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento, ha resuelto:

1. Aprobar el Expediente de Información Pública y definitivamente el "Documento para información pública del nuevo ramal del Enlace de Sabiñánigo Oeste. Autovía Mudéjar (A-23). Tramo: Sabiñánigo Este (E) - Sabiñánigo Oeste (O)", con un presupuesto de licitación estimado de 607. 117,57 euros que no incluye la cantidad de 127.494,69 euros en concepto de I.V.A. (21%), con las siguientes prescripciones a cumplimentar en la redacción del Proyecto de Construcción "Autovía Mudéjar (A-23). Tramo: Sabiñánigo Este (E) — Sabiñánigo Oeste (0)":

1.1 Se deben tener en cuenta las indicaciones de la Orden FOM/3317/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre las medidas específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.

1.2 Se debe proseguir la tramitación de la reposición de servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los Proyectos de Obras" de 7 de marzo de 1994.

1.3 Se deben tener en cuenta las observaciones que formule en su informe la Confederación Hidrográfica del Ebro.

1.4 Se deben aplicar las medidas preventivas y correctoras de impacto ambiental al nuevo ramal del Enlace de Sabiñánigo Oeste con el mismo criterio aplicado al resto del tramo en el que se integra.

2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que se comunica para su general conocimiento.

Zaragoza, 1 de junio de 2017.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación.

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