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Documento BOE-B-2017-40441

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 29 de junio de 2017, páginas 48802 a 48802 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-40441

TEXTO

Edicto

D.ª Nieves Pérez Ibáñez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 19-04-2017, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado n.º 809/2009 NIG 12040-66-2-2009-0000923, seguido en este juzgado se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario Abreviado que se ha seguido frene al deudor Sistemas de Dosificación y Transporte Industrial SLU,domiciliado en y CIF/DNI número B-12523385.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes mediadas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte dispositiva:

"1. Se declara la conclusión del presente concurso de Sistemas de Dosificación y Transporte Industrial, SLU, seguido bajo el número concurso abreviado 809/2009-II y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2. Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal.

3. En particular, acordar la extinción de la entidad Sistemas de Dosificación y Transporte Industrial SLU disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4. El presente Auto se notificara mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).

5. A efectos de la cancelación de la inscripción, expidanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.

6. Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7. Notifíquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (arts. 208.4 LEC y 177 de la LC).

Magistrado Letrado Administración Justicia"

Castellón, 20 de abril de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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