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Documento BOE-B-2017-44794

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 2017, páginas 54311 a 54311 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-44794

TEXTO

Edicto.

Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber: Que en el procedimiento número 177/2010, por auto de fecha 3 de julio de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso voluntario del deudor Josper Retamar, Sociedad Limitada, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

1. Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Josper Retamar, Sociedad Limitada, con CIF B36437564, con domicilio en lugar Outeiro 1, Adina, Sanxenxo, con los efectos legales inherentes.

2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.

4. Se acuerda la extinción de la sociedad Josper Retamar, Sociedad Limitada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6. Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación: contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la Ley Concursal).

Pontevedra, 7 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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