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Documento BOE-B-2017-55754

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 29 de septiembre de 2017, páginas 68884 a 68884 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-55754

TEXTO

Edicto

Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla,

1.° Que en el procedimiento número 1141.05/13 con NIG 4109142M20130002577 por auto de 24/07/17 se ha declarado cumplido el convenio aceptado por la Junta de acreedores de los concursados doña SALUD PÉREZ SÁNCHEZ y D. JUAN JOSÉ TORO OGAZON y aprobado por la sentencia de 11 de noviembre de 2016 y cuya parte dispositiva es:

"Parte Dispositiva

Declaro Cumplido Íntegramente el convenio aceptado por la junta de acreedores de los concursados doña SALUD PÉREZ SÁNCHEZ y D. JUAN JOSÉ TORO OGAZON y aprobado por la sentencia de 11 de noviembre de 2016.

Dése a esta resolución la misma publicidad que se dio a la sentencia que aprobó el convenio

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe recurso de Reposición, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC), siendo necesaria la constitución de un depósito para recurrir la presente resolución, que deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, según lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así lo acuerda, manda y firma don Pedro Márquez Rubio, Magistrado del Juzgado Mercantil número 2 de Sevilla. Doy fe.

El Magistrado La Letrada de la Administración de Justicia."

Sevilla, 24 de julio de 2017.- El/La Letrada de la Administración de Justicia.

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