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Documento BOE-B-2017-66809

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 16 de noviembre de 2017, páginas 82860 a 82860 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-66809

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot Garcia, Letrada Administración Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente,

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000765/2013 - R sobre declaración de concurso de la mercantil Udrimur Alicante S.L., con domicilio en la calle Armonía, n.º 2, escalera 3.3.º A 03008-Alicante y CIF número B-54.616.966, se ha dictado auto de fecha 15-09-17, que contiene, entre otros, los siguientes pronuniciamientos:

1. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4. Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.

5. Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.

6. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.

Se expide el presente en

Alicante, 15 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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