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Documento BOE-B-2017-66811

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 16 de noviembre de 2017, páginas 82862 a 82862 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-66811

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº sección I declaración concurso 0000387 /2017 se ha dictado en fecha 9 de noviembre de 2017 auto declaración concurso del deudor don Gonzalo Pozo Guisado, con DNI 76249040 S cuyo centro de intereses principales lo tiene en domicilio Cristobal Oudrid n.º 24, 1.º A, Badajoz, instado por la Letrada doña Eva María García Alegre mediadora concursal designada por el Registro Mercantil.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición. Se ha designado, como Administración concursal a Dña. Eva María García Alegre con NIF 08840877E, con domicilio postal en calle Zurbaran 8, 1.º C, Badajoz, y dirección electrónica señalada 2416icaba.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

6º.- La concursada ha solicitado la liquidación por lo que procede conforme al art. 242 de La L.concursal procede la apertura simultánea de la Liquidación conforme al art. 242 punto 8 de la Ley concursal.

Badajoz, 9 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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