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Documento BOE-B-2018-10470

MOLINA DE SEGURA

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 22 de febrero de 2018, páginas 13212 a 13212 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-10470

TEXTO

EDICTO

Dª. Purificación Pastor González, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. de Primera Instancia e Instrucción n.º 6 de Molina de Segura, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 68/2018 y NIG 30027 41 1 2018 0000338 se ha dictado en fecha 13 de febrero de 2018 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Don Josué Iborra de las Heras con DNI 24318674S, y del deudor Doña María José Picó Diana con DNI 73555260H, con domicilio en Calle Castillo de Aledo, 108 – Altorreal - Molina de Segura (Murcia).

2º.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como administración concursal a economista MARÍA GARCÍA SOTO, con domicilio postal Cartagena, Plaza Serreta, nº 2, 1º F, teléfono 968120642 y dirección electrónica mgarcia@ryg.es, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de esta ciudad.

5º Habiendo presentado la Administración Concursal plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de quince días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal.

Molina de Segura, 19 de febrero de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.

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