Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-19469

RESOLUCIÓN de los Servicios Territoriales en Girona del Departamento de Empresa y Conocimiento, por la cual se otorga a la empresa Enerkia Energia, SLU la autorización administrativa y la aprobación del proyecto ejecutivo para el almacenamiento y la distribución de GLP canalizado en la población de Fornells de Muntanya en el término municipal de Toses (Expediente: 2017_12647_G).

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 27 de marzo de 2018, páginas 25744 a 25747 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2018-19469

TEXTO

RELACIÓN DE HECHOS

1. El 15.05.2017 la empresa Enerkia Energia, SLU, con domicilio social en la avenida Vía Augusta, 15, edificio A2, planta 1, oficina 20, de Sant Cugat del Vallès, solicitó ante estos Servicios Territoriales, la autorización administrativa y la aprobación del proyecto ejecutivo para el almacenamiento y la distribución de GLP canalizado a la población de Fornells de Muntanya en el término municipal de Toses.

2. En cumplimiento del trámite que establece el artículo 67 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y el título IV del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorizaciones de gas natural, la solicitud mencionada se sometió a un periodo de información pública mediante el anuncio publicado en el DOGC núm. 7529, de 5.01.2018, en el BOE núm. 313, de 26.10.2017, en el Diari de Girona de 15.01.2018 y en El Punt Avui de 13/01/2018.

3. En el periodo de información pública no se han presentado alegaciones. Los organismos y empresas de servicios afectados han informado favorablemente o con condiciones que han sido aceptadas por Enerkia Energia, SLU.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. Este órgano es competente para tramitar y resolver este expediente de acuerdo con aquello que establecen el Decreto 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalitat de Catalunya; el Decreto 316/2016, de 8 de noviembre, de reestructuración del Departamento de Empresa y Conocimiento; la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; el Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y el Real decreto 1085/1992, de 11 de septiembre, por el cual se aprueba el reglamento de la actividad de distribución de gases licuados del petróleo.

2. Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

3. Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

4. Real decreto 1085/1992, de 11 de septiembre, por el cual se aprueba el reglamento de la actividad de distribución de gases licuados del petróleo.

5. Real decreto 919/2006, de 28 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 en 11.

6. Decreto 120/1992, de 28 de abril (DOGC núm.1606, de 12.06.1992), por el cual se regulan las características que tienen que cumplir las protecciones a instalar entre las redes de diferentes suministros públicos que discurren por el subsuelo y la Orden de 5 de julio de 1993 (DOGC núm. 1782, de 11.08.1993), que lo despliega.

7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

De acuerdo con los preceptos legales mencionados y los otros de aplicación,

RESUELVO:

a. Otorgar a la empresa Enerkia Energia, SLU, la autorización administrativa para el almacenamiento y la distribución de GLP canalizado en la población de Fornells de Muntanya en el término municipal de Toses.

b. Aprobar a la empresa Enerkia Energia, SLU, el proyecto ejecutivo para la construcción de un centro de almacenamiento y la distribución de GLP canalizado en la población de Fornells de Muntanya en el término municipal de Toses, con las siguientes características:

- Peticionario: Enerkia Energia, SLU

- Expediente: 2017_12647_G.

- Centro de almacenamiento: 2 depósitos enterrados Volumen: 4.880 l c/u (9.760 l total)

- Usuarios de GLP previstos: 32

- Canalizaciones de GLP a construir: 1.513 m de red de distribución de 40 mm de PE en MOP 2

- Presupuesto: 80.591,88 €

c. Esta autorización se otorga sometida a las condiciones generales que prevén la Ley 34/1998, de 7 de octubre, el Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre y bajo las condiciones especiales siguientes y con las características mencionadas en esta Resolución:

1. Las instalaciones objeto de esta autorización administrativa se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa solicitando, así como las condiciones y características que tienen que cumplir las protecciones a instalar entre las redes de gas natural incluidas en las instalaciones de gas canalizado objeto de esta autorización, de acuerdo con el qué dispone el Decreto 120/1992, de 28 de abril, del Departamento de Industria y Energía, por el cual se regulan las características que tienen que cumplir las protecciones a instalar entre las redes de diferentes suministros públicos que discurren por el subsuelo (DOGC nº. 1606 de 12.06.1992) y la Orden de 5 de julio de 1993, que lo desarrolla (DOGC nº. 1782 de 11.08.1993).

2. La empresa Enerkia Energia, SLU de acuerdo con el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre y el artículo 82 del Real decreto 1434/2002, de 27 de septiembre, constituirá en el plazo de 2 meses, a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC, una fianza por valor de 1.611,84 €, correspondiente al 2% del presupuesto con que figura a la documentación técnica. Esta fianza se depositará en la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya, a disposición del director general de Energia, Minas y Seguridad Industrial, con valores del Estado, aval bancario o en metálico, según el qué dispone el artículo 11.3 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre el régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias o mediante contrato de seguro concertado con entidades de seguros de las sometidas a la Ley 30/1995, de 11 de noviembre. En el plazo máximo de un mes desde la constitución de la fianza mencionada, la empresa autorizada tendrá que acreditar documentalmente, ante la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, el depósito efectuado. La fianza se volverá a la empresa cuando, una vez autorizadas y construidas las instalaciones en los plazos fijados en esta Resolución, la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial formalice el acta de puesta en servicio de las instalaciones autorizadas.

3. El peticionario comunicará a los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Conocimiento en Gerona la fecha de inicio de las obras, la realización de las pruebas y cualquier incidencia relevante, a los efectos de realizar, si ocurre, las comprobaciones y pruebas necesarias en relación al cumplimiento de esta Resolución.

4. El peticionario tendrá que solicitar la autorización administrativa correspondiente para realizar cualquier modificación del proyecto aprobado.

5. Esta autorización quedará sin efecto por cualquiera de las causas en que señala el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por incumplimiento de las condiciones estipuladas, por el hecho de facilitar datos inexactos y por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

6. El plazo para llevar a cabo las instalaciones y su puesta en servicio será de dos años, contados desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución.

7. Los cruces especiales y otras afectaciones de los bienes de dominio público se harán de acuerdo con las condiciones técnicas impuestas por los organismos competentes afectados.

8. La presente autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones, las licencias y otros permisos de competencia municipal, provincial o de otros que sean necesarios para la realización de las instalaciones autorizadas.

9. En aquellos emplazamientos donde pueda haber duplicidad de red de suministro de gases combustibles, se tendrá que aportar una justificación técnica-económica de la viabilidad de esta infraestructura.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podéis interponer recurso de alzada ante el director de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Conocimiento en Gerona (Plaza Pompeu Fabra, 1, 17002 Gerona) o el director general de Energia, Minas y Seguridad Industrial (calle Pamplona, 113, 08018 Barcelona), en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que sea procedente.

Girona, 7 de marzo de 2018.- El Director de los Servicios Territoriales, por suplencia (Resolución del Secretario General de 23 de mayo de 2016), el Jefe del Servicio de Empresa de Girona, Enric González Milà.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid