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Documento BOE-B-2018-21243

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 2018, páginas 27857 a 27858 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-21243

TEXTO

Margarita Marquina Castells, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona hago saber que:

En el Homologación acuerdo refinanciación (DA 4.ª LC) 55/2018 se dictó, se conformidad con la Disposición Adicional 4.ª de la Ley Concursal (LC), auto acordando la homologación del acuerdo del acuerdo de refinanciación.

Deudor: Sistemas Técnicos de Encofrados S.A.

Órgano Judicial Competente: Juzgado de lo Mercantil n.º 02 de Barcelona.

Juez Competente: Alberto Mata Sáiz.

Número del Procedimiento Judicial: 55/2018.

Fecha de la Providencia de Admisión a Trámite: 31 de enero de 2018.

Fecha del Acuerdo de Refinanciación: 20 de diciembre de 2017 ante el notario de Barcelona don Enrique Viola Tarragona.

Fecha del Auto de Homologación: 14 de febrero de 2018.

Que en la Parte Dispositiva Acuerda:

"Dispongo la homologación de los distintos acuerdos de refinanciación suscritos el día 20 de diciembre de 2017, por una parte, por la mercantil Sistemas Técnicos de Encofrados, S.A., como deudora; de otra, por don José Luis Ubiñana Félix, la entidad Ingeniería de Encofrados y Servicios, S.L. y Sociedades Ube Agrupadas, S.L; y, como entidades titulares de pasivos financieros, la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., Banco de Sabadell, S.A., Banco de Santander, S.A., Bankia, S.A y la entidad Deutsche Bank, S.A. cuyo contenido se da por reproducido y que de forma sintética, en lo esencial, se ha recogido en esta resolución.

Este acuerdo tendrá naturaleza de transacción judicial.

En todo caso, las entidades financieras acreedoras, afectadas por la homologación, mantendrán sus derechos frente a los obligados solidariamente con el deudor y frente a sus fiadores y avalistas, quienes no podrán invocar ni la aprobación del acuerdo de refinanciación ni los efectos de la homologación en perjuicio de aquellos.

Publíquese la presente resolución, mediante anuncio en el que se extractarán los datos principales de este acuerdo, anuncio que se insertará en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Público Concursal y Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Los acreedores de pasivos financieros afectados por la homologación judicial que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad podrán impugnar esta resolución en el plazo de quince días siguientes a la publicación.

Así lo dispone y firma don Alberto Mata Sáiz; Magistrado del Juzgado Mercantil n.º 2 de Barcelona".

El acuerdo de refinanciación se encuentra a disposición de los acreedores en la Oficina Judicial de este Órgano Mercantil.

Barcelona, 14 de febrero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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