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Documento BOE-B-2018-21253

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 2018, páginas 27868 a 27868 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-21253

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.), anuncia:

1.º- Que en el procedimiento número 56/2018, con NIG 1808742C20170000482 por auto de 27/03/18 se ha declarado en concurso voluntario al deudor STEVIGRAN S.L., con domicilio en C/ Tierno Galvan nº 6, portal 2, 6ºb Granada y cuyo centro de principales intereses.

2.º- Que el deudor STEVIGRAN, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

3.º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Despacho Torres Abogados SCP, con CIF J18913871, con domicilio postal C/ Alhondiga nº 37, 2 y 5 Granada y dirección electrónica concurso.stevigran@torresabogados.com. Conforme a lo dispuesto en el art. 30 de L.C. designa como persona natural que le representará y asumirá la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo a D. Tilo Aviles Lopez, abogado, con DNI 74685719G, con domicilio en C/ Alhondiga nº 37, 2y5 Granada y dirección electronica concurso.stevigran@torresabogados.com. La personación en el presente procedimientos deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el dia siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del auto de declaración del concurso en la forma prevista en el art. 23.1 de la L.C.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 6 de abril de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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