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Documento BOE-B-2018-24015

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 26 de abril de 2018, páginas 31145 a 31145 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-24015

TEXTO

D.ª M.ª Jesus Gracia Guerrero, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:

1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 76/18 y NIG se ha dictado en fecha once de abril de 2018 Auto de Declaración de Concurso Consecutivo y apertura de la fase de liquidación del deudor AISLAMIENTOS TALAVERA S.L. con CIF. núm. B45729969, cuyo centro de intereses principales lo tienen en Talavera de la Reina (Toledo).

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los concursados sobre su patrimonio que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal/Liquidador al Letrado Emilio Fernando Gutiérrez Gracía, con domicilio postal en la Calle San Clemente, 11 C Local 2 Talavera de la Reina (Toledo) y dirección electrónica clientes@emiliogutierrezabogado.es señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.

5.º- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de los concursados, elaborado por el mediador/administrador concursal.

El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Toledo, 18 de abril de 2018.- Letrado de la Administración de justicia.

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