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Documento BOE-B-2018-32308

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 14 de junio de 2018, páginas 40821 a 40821 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-32308

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado Número 192/16, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso, con fecha 25 de abril de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

ACUERDO

1.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 192/2016 referente al deudor Promotora Cambre Castro, S.L., por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

La administración concursal presentará, en su caso, un informe justificativo del destino dado a los importes que figuran al Hecho Cuarto.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

3.- Se acuerda la extinción de las personas jurídicas deudoras, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de A Coruña, a cuyo efecto se expedirá mandamientos al citado Registro.

4.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

5.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado

6.- Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la lc.

7.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

9.- Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución y de los antecedentes necesarios.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC).

Lo acuerda y firma S.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.

A Coruña, 25 de mayo de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.

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