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Documento BOE-B-2021-23638

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 2021, páginas 30642 a 30642 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-23638

TEXTO

Edicto

Doña Helena Agustí Pons, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia número 29 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 28 y 35 del texto refundido de la Ley Concursal, por el presente,

Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado 000975/2020, habiéndose dictado en fecha 27 de abril de 2021 por la Ilustrísima Señora Magistrada Juez María José Peiró Aspurz Auto número 223/2021 de conclusión de concurso voluntario de acreedores de José Miguel Ortega Muñoz y NIF número 24329815R, y el archivo de las actuaciones.

Que se ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de disposición y administración de la concursada hasta ahora subsistentes, así como el cese de la Administración concursal designada.

Que se ha concedido al deudor el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, que se extenderá a la totalidad de los créditos insatisfechos.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general conocimiento, sin perjuicio de que conforme al artículo 492 del Texto Refundido de la Ley Concursal cualquier acreedor concursal estará legitimado para solicitar del Juez del concurso la revocación de la concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho si dentro de los cinco días siguientes a su concesión se constatase que el deudor ha ocultado la existencia de bienes o derechos o de ingresos, salvo que fueran inembargables según la Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil.

Valencia a, 28 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Helena Agustí Pons.

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