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Documento BOE-J-2024-263999

GRANADA. Edicto de 6 de mayo de 2024 en procedimiento contencioso-administrativo número 936/2018.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 113, de 9 de mayo de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-263999

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 1

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958983114

Correo electrónico: AtPublico.JContencioso.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Contencioso-administrativo

Número: 936/2018

NIG: 1808745320180004860

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 06/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: diez

DESTINATARIOS

DOÑA INMACULADA RIVAS LEYVA - NIF/NIE: ***0537**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el recurso contencioso - administrativo referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y REQUERIMIENTO

En el juicio de referencia se ha dictado en fecha 28/04/2023 resolución en la que se acuerda requerir a INMACULADA RIVAS LEYVA para:

"De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), requiérase a INMACULADA RIVAS LEYVA para que en el plazo de diez días pague la suma reclamada de 4.957,74 euros bajo apercibimiento de apremio si no paga.

Hágase saber a la parte requerida que dentro de dicho plazo de diez días, puede formular impugnación por estimar indebidos los honorarios o por estimarlos excesivos.

Apercíbasele, así mismo, que si no paga ni formula oposición, se podra despachar ejecución por la cantidad a que asciende la minuta."

Se acompaña copia literal de la resolución que ordena el requerimiento y de la demanda y documentos presentados. Y para que sirva de cédula de requerimiento a INMACULADA RIVAS LEYVA expido la presente.

En Granada, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: INMACULADA RIVAS LEYVA, por diligencia de ordenación de 06/05/2024, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de la oficina judicial para llevar a efecto la diligencia de notificación y requerimiento de pago, haciéndose constar que el resto de documentación se encuentra en Secretaría a su disposición.

En Granada, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Granada, 6 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ARACELI GAMERO SANCHEZ

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