El Juzgado de lo Mercantil número 6, anuncia:
En el procedimiento de concurso voluntario abreviado seguido en este Juzgado bajo el número 329/14, se ha dictado auto en fecha uno de septiembre de dos mil quince, acordando:
Uno.- Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal en el concurso de Distribuidora de Cartelería, S.A., con CIF A-79135216 y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento.
Dos.- La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales. Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal..
Tres.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada.
Cuatro.- Se dispone la extinción y cierre de su hoja de inscripción en los Registros públicos que correspondan, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Y para que sirva de publicidad en forma, expido el presente, en
Madrid, 1 de septiembre de 2015.- Secretaria Judicial.
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