La asociación Real Club Marítimo de Santander, con domicilio en Puerto Chico sin número, 39004, Santander, ha solicitado a la Autoridad Portuaria de Santander una ampliación del plazo de catorce años de la concesión administrativa de la que es titular en el Puerto de Santander, proyectando la sustitución de la cubierta y de la carpintería exterior.
De conformidad con lo establecido en el artículo 88.2, que a su vez remite al 85.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, al tratarse de una modificación sustancial de la concesión se publica el presente anuncio para que, en el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado; las Corporaciones, Entidades y particulares que se crean afectados por tal petición, puedan examinar el expediente de que se trata en las oficinas de la Autoridad Portuaria, sitas en Santander, calle Muelle de Maliaño sin número, durante las horas hábiles de despacho de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes y, presentar en ellas cuantas alegaciones estimen pertinentes relativas a dicha petición.
La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Santander, 16 de enero de 2017.- El Presidente.- Jaime González López.
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