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Documento BORME-C-2012-15919

ATLANTIS VIDA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 17251 a 17253 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-15919

TEXTO

Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas Por acuerdo del Consejo de administración, se convoca Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de "Atlantis Vida, Compaía de Seguros y Reaseguros, S.A.", a celebrar en la sala de reunión del "Hotel Alexandra", sito en Barcelona, calle Mallorca, 251, el día 29 de junio de 2012, a las diez treinta horas, en primera convocatoria, o el siguiente día 30 de junio de 2012, a la misma hora, en segunda convocatoria, para el caso de que, por no haberse alcanzado el quórum necesario, dicha Junta no pueda celebrarse en primera convocatoria, con el fin de que los señores accionistas puedan deliberar y resolver sobre los puntos del siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y Memoria) y del informe de gestión de la sociedad, relativos al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2011, y aplicación del resultado, así como el informe de los Auditores.

Segundo.- Aprobación, en su caso, de la gestión del Consejo de Administración de la compañía, en el transcurso del referido ejercicio social.

Tercero.- Cese por dimisión de Consejero (Presidente y Consejero delegado), y consiguiente reducción del número actual de miembros del Consejo de administración.

Cuarto.- Cese de Consejero y nombramiento de nuevo Consejero.

Quinto.- Delegación de facultades para elevar a documento público los acuerdos de la Junta general que lo precisen o hayan de inscribirse en los Registros Públicos correspondientes, así como para la publicación de los anuncios que sean pertinentes, y la suscripción de documentos subsanatorios y rectificatorios que, en su caso, sean precisos, así como para ejecutar dichos acuerdos.

Sexto.- Ruegos y preguntas.

Séptimo.- Redacción, lectura y aprobación del acta de la Junta.

Derecho de asistencia representación en la Junta general y voto por medios electrónicos 1.-Los requisitos de asistencia a la Junta son los establecidos en los artículos 22,26 y concordantes de los Estatutos sociales. 2.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de los Estatutos sociales y artículo 184 de LSC, el derecho de asistencia a la Junta es delegable en cualquier persona, sea o no accionista. La representación deberá conferirse por escrito, y con carácter especial para cada Junta, firmando la tarjeta de asistencia y delegación proporcionada por la propia Sociedad, debiendo acreditarse la condición de accionista del representante. 3.-Tanto la delegación como el voto electrónicos, deberán efectuarse no más tarde de las catorce horas del tercer día anterior al previsto para la celebración de la Junta en primera convocatoria, esto es, no más tarde del día 26 de junio de 2012. Las delegaciones y votos electrónicos posteriores se tendrán por no hechos. 4.-El accionista que confiera su representación por medios electrónicos se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida. Las delegaciones electrónicas han de ser aceptadas por el delegado, sin lo cual no podrán usarse. A este fin todas las delegaciones electrónicas deberán imprimirse, firmarse y presentarse por los representantes designados a la Sra. Secretaria el día de la celebración de la Junta, en el lugar de celebración de la misma y desde una hora antes de la prevista para su inicio. 5.-La asistencia personal a la Junta del accionista que votó o delegó electrónicamente, dejará sin efecto dicho voto o delegación. Salvo en el caso anterior, una vez efectuado por un accionista el voto electrónico, no podrá modificarlo. El voto electrónico hará ineficaz cualquier delegación electrónica o escrita anterior o posterior. 6.-En el caso de que un accionista realice delegación electrónica, por un lado, y escrita mediante tarjeta en papel, por otro, ésta última prevalecerá sobre aquella. 7.-La persona en quien se delegue el voto, solo podrá ejercitarlo asistiendo personalmente a la Junta. 8.-La sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegaciones electrónicos, cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan. La sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran causarse al accionista por averías, sobrecargas, caídas de línea, fallos en la conexión o cualquier eventualidad de igual o similar índole ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y delegaciones electrónicas. Derecho de información.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que desde la publicación de esta convocatoria los accionistas tienen derecho a obtener en el domicilio social, calle Aragón, 385 (08013 Barcelona), o solicitar a la sociedad en la dirección postal antes indicada les sea remitida, de forma inmediata y gratuita, copia de los siguientes documentos: 1.-Texto íntegro de las cuentas anuales e informe de gestión referido al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2011, de la sociedad, junto con los correspondientes informes del Auditor de cuentas. 2.-Los formularios que deberán utilizarse para el voto por representación. 3.-Tarjeta de asistencia, delegación y voto. De conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital, desde la publicación del presente anuncio de convocatoria de la Junta general y hasta el séptimo día anterior, inclusive, al previsto para su celebración en primera convocatoria, los accionistas podrán solicitar por escrito los informes o aclaraciones que estimen precisos o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes sobre los asuntos comprendidos en el orden del día. En los escritos de solicitud de información se hará constar el nombre y apellidos del accionista y se acompañará documento -copia de la tarjeta de asistencia o certificado de legitimación- o en cualquier otra forma admitida por la legislación vigente que acredite su condición de accionista. Estas solicitudes de información, podrán realizarse mediante la entrega de la petición en el domicilio social, mediante su envió a la Sociedad por correspondencia postal al domicilio antes indicado. Derecho a complementar el orden del día.-De conformidad con el artículo 172 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen al menos el cinco por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta general, incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá efectuarse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria. En el escrito de notificación se hará constar el nombre o denominación social del accionista o accionistas solicitantes, y se acompañará la oportuna documentación, y copia de la tarjeta de asistencia que acredite su condición de accionistas así como el porcentaje de capital señalado requerido para el ejercicio de este derecho. Protección de datos personales.-Los datos de carácter personal que los accionistas remitan a la sociedad para el ejercicio de sus derechos de información, asistencia, representación y voto en la Junta general de accionistas serán tratados por la sociedad con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente (en particular, pero no limitado a la convocatoria y celebración de Juntas generales de accionistas). Por ello, estos datos podrán ser facilitados al Notario a los efectos exclusivos del otorgamiento de la correspondiente escritura de elevación a público de los acuerdos que se adopten. A estos efectos los datos se incorporarán a ficheros cuyo responsable es la sociedad. Los titulares de los datos podrán ejercitar, cuando resulte legalmente procedente, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose por escrito a "Atlantis Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., al domicilio de la misma en calle Aragón, 385, 08013 Barcelona. En caso de que en la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia el accionista incluya datos de carácter personal referentes a otras personas físicas, el titular deberá informarles de los extremos contenidos en los párrafos anteriores y cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales a la sociedad, sin que la sociedad deba realizar ninguna actuación adicional. Publicidad.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley de Sociedades de Capital, el presente anuncio será publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil", y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia del domicilio social de la compañía.

Barcelona, 21 de mayo de 2012.- Lydia Rizos Asensio, Secretario del Consejo de administración.

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