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Documento BORME-C-2012-17848

RIOFRÍO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 103, páginas 19480 a 19481 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-17848

TEXTO

Edicto

Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid,

En el expediente de jurisdicción voluntaria 340/11 seguido en este Juzgado Mercantil número 4 de Madrid sobre convocatoria de Junta General de Accionistas solicitada por don Manuel Regueiro Barros frente a Riofrío, S.A., por resolución de 20 de abril de 2012 se ha acordado librar oportuno edicto dirigido a este Organismo para la publicación en el mismo de la parte dispositiva de dicha resolución, la cual se inserta a continuación:

Se convoca con el orden del día propuesto Junta General Extraordinaria a celebrar en la sede de la Sociedad el 2 de julio de 2012, a las 10,00 horas, en primera convocatoria, y el 3 de julio de 2012, a las 10,00 horas, en segunda convocatoria.

Se designa Presidente a la Administradora única y Secretario al solicitante de la convocatoria.

El orden del día a tratar será el cese del Administrador único y nombramiento de nuevo Administrador.

Según el artículo 173 de la L.S.C. la forma de la convocatoria será:

1. Salvo disposición contraria de los estatutos, la junta general será convocada mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la página web de la sociedad. Con carácter voluntario y adicional a esta última o cuando la sociedad no tenga página web, la convocatoria se publicará en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia en que esté situado el domicilio social.

2. Los estatutos podrán establecer que la convocatoria se realice mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad o por cualquier procedimiento de comunicación, individual y escrita, que asegure la recepción del mismo por todos los socios en el domicilio designado al efecto o en el que conste en la documentación de la sociedad. En el caso de socios que residan en el extranjero, los estatutos podrán prever que solo serán individualmente convocados si hubieran designado un lugar del territorio nacional para notificaciones.

Con carácter voluntario y adicional la convocatoria se podrá publicar en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia en que esté situado el domicilio social.

3. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, en el caso de sociedad anónima con acciones al portador, la convocatoria deberá realizarse, al menos, mediante anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Los gastos de la convocatoria judicial serán de cuenta de la sociedad.

Contra la resolución por la que se acuerde la convocatoria de la Junta no cabrá recurso alguno.

Así lo acuerdo y firma el Ilmo. Sr. don Miguel Ángel Román Grande, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 4 bis de Madrid.

Y para que sirva de conformidad con lo acordado se expide el presente.

Madrid, 23 de mayo de 2012.- La Secretaria.

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