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Documento BORME-C-2012-20895

INICIATIVES PÚBLIQUES DE GANDIA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INICIATIVES ESPORTIVES DE RECREACIÓ I D'OCI GANDIA, S.L.U.
GANDÍAPROTUR, S.L.U.
L'AGÈNCIA D'HABITATGE I URBANISME DE GANDIA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 22681 a 22681 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-20895

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Gandía, en su calidad de Socio Único de Iniciatives Públiques de Gandia, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente"), adoptado el día 29 de junio de 2012, por el que se aprueba la fusión por absorción de Iniciatives Esportives de Recreació i D’oci Gandia, S.L.U., de Gandiaprotur S.L.U. y de L’Agéncia D’Habitatge i Urbanisme de Gandia, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas"), por parte de la Sociedad Absorbente.

Se hace saber que la fusión se ajusta estrictamente a los términos del proyecto común de fusión por absorción, redactado y aprobado por los Consejos de Administración de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas.

Como consecuencia de la fusión, se producirá la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, e Iniciatives Públiques de Gandia, S.A.U., como Sociedad Absorbente, adquirirá en bloque, como sucesora universal, el patrimonio de las Sociedades Absorbidas, quedando la Sociedad Absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión por absorción.

Dado que la Sociedad Absorbente es titular del 100% de las participaciones sociales de las Sociedades Absorbidas, la fusión tiene el carácter especial de absorción de sociedad íntegramente participada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la LME.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el mismo texto legal, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión por absorción, asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Gandia, 29 de junio de 2012.- Los Presidentes de los Consejos de Administración de Iniciatives Públiques de Gandia, S.A,U. Iniciatives Esportives de Recreació i d’Oci Gandia, S.L.U., de Gandiaprotur, S.L.U. y L’Agència d’Habitatge i Urbanisme de Gandia, S.L.U.

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