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Documento BORME-C-2012-21559

INVERMAY, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERMAY 2, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 23395 a 23396 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-21559

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril se hace público que las Juntas Generales de Accionistas de Invermay 2, Sociedad de Inversión de Capital Variable, Sociedad Anónima y de Invermay, Sociedad de Inversión de Capital Variable, Sociedad Anónima, reunidas en primera convocatoria, en Madrid el 26 de junio de 2012, han acordado, por unanimidad, aprobar la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de Invermay 2, Sociedad de Inversión de Capital de Variable, Sociedad Anónima, que se disuelve sin liquidación, por Invermay, Sociedad de Inversión de Capital Variable, Sociedad Anónima que adquiere en bloque y a título universal el patrimonio de la sociedad absorbida.

La fusión se ha acordado conforme al Proyecto común de fusión aprobado por los respectivos Consejos de Administración de ambas sociedades el 28 de marzo de 2012, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 17 de abril de 2012, depósito que fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 81, de 27 de abril de 2012.

La fusión se realiza tomando como Balances de Fusión los de las correspondientes sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2011 aprobados por las mencionadas Juntas Generales de Accionistas, si bien la situación patrimonial que reflejan dichos balances únicamente debe ser interpretada como valor de referencia, puesto que la ecuación de canje será la que resulte de los valores liquidativos por acción y del número de acciones en circulación el día anterior al del otorgamiento de la escritura de fusión.

Los accionistas de las sociedades absorbidas podrán agrupar sus acciones a efectos del canje.

Los picos de acciones de la sociedad absorbida, que representen una fracción de acción de la sociedad absorbente, serán adquiridos por ésta a su valor liquidativo, correspondiente al día anterior del otorgamiento de la escritura pública de fusión. En ningún caso el importe en efectivo satisfecho por la sociedad absorbente excede del límite del 10% previsto en el artículo 25 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.

A efectos contables, la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida Invermay 2, Sociedad de Inversión de Capital de Variable, Sociedad Anónima, se considerarán realizadas por cuenta de la sociedad absorbente Invermay, Sociedad de Inversión de Capital Variable, Sociedad Anónima, será la de 26 de junio de 2012.

No se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de las sociedades que se fusionan, ni a favor del Experto Independiente que ha intervenido en la misma, ni derechos especiales a ningún tipo de acciones.

La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en la misma y de los respectivos balances de fusión.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, los acreedores de cualquiera de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponde, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de acuerdo de fusión.

Madrid, 30 de junio de 2012.- El Secretario del Consejo de Administración de Invermay, SICAV, S.A. y de Invermay 2, SICAV, S.A.

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