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Documento BORME-C-2012-23094

CENTRE DE FIRES I CONGRESSOS SABADELL, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 24981 a 24982 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-23094

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración de 28 de junio de 2012, se convoca Junta General Extraordinaria en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Sabadell, Plaza Sant Roc, 1, el 4 de septiembre de 2012, a las 17.30 horas, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación de la fusión por absorción de las sociedades Promoció Econòmica de Sabadell, S.L. (sociedad absorbente) Centre de Fires i Congressos Sabadell, S.L. y Sabadell Equipaments i Serveis, S.L. (sociedades absorbidas), con aprobación del proyecto común de fusión elaborado y suscrito por los Consejos de Administración de las tres sociedades el 28 de junio de 2012, y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, el 9 de julio de 2012, publicado en el "BORME" n.º 136, de 18 del julio, pág. 33126, el depósito y la fecha. De conformidad con el art. 40.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace constar las menciones mínimas del proyecto común de fusión referenciado: Sociedad absorbente: Promoció Econòmica de Sabadell, S.L. (en adelante PES, S.L.) domiciliada en 08205 Sabadell (Barcelona), Ctra. de Barcelona, 208 bis, CIF B63394043. Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 40.849, folio 173, hoja B-278.818. Sociedades absorbidas: a) Sabadell Equipaments i Serveis, S.L., domiciliada en 08201 Sabadell (Barcelona), Pl. Sant Roc, 1, CIF B64288830. Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 42.885, folio 101, hoja B-331.869. b) Centre de Fires i Congressos Sabadell, S.L., domiciliada en 08201 Sabadell (Barcelona), Pl. Sant Roc, 1, CIF B64264112. Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 38.834, folio 219, hoja B-337.476. En ninguna de las tres sociedades que intervienen en el proceso de fusión existe aportación de industria ni prestaciones accesorias. Por tanto, la fusión no incide en ningún caso en tal sentido. Como resultado de la fusión no se atribuirán a la sociedad absorbente PES, S.L. ni derechos especiales ni opciones, ya que ninguna de las dos sociedades absorbidas existen participaciones especiales o privilegiadas, ni personas que tengan derechos especiales diferentes a las participaciones representativas del capital social. La fusión no atribuirá ninguna ventaja a los Administradores de las sociedades que se fusionan ni a expertos independientes. A efectos contables, las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán efectuadas por la sociedad absorbente a partir del día 1 de enero de 2012, sin perjuicio de la fecha en que quede inscrita en el Registro Mercantil la escritura pública de fusión y se extinga la personalidad jurídica de las sociedades absorbidas. Como consecuencia de la fusión por absorción es necesaria la modificación de los Estatutos de la sociedad absorbente, PES, S.L., en lo referente a su objeto social para incorporar aquellas actividades comprendidas en el objeto social de las sociedades absorbidas, y que quedará redactado en los términos que constan en el Proyecto de Fusión. La sociedad absorbente, PES, S.L., mantendrá la misma estructura y composición de su Consejo de Administración actual. La fusión no comportará ningún impacto de género en su órgano de administración. La auditoría de cuentas de la sociedad absorbente, PES, S.L. está a cargo de Euroaudit Auditores, S.A., CIF A58839192, por un plazo de dos años que finaliza el día 31/12/2013. No se prevé que la fusión proyectada tenga ninguna consecuencia en relación a las plantillas de las sociedades que participan en la fusión. La fusión no comportará ninguna incidencia en la responsabilidad social de las empresas. La sociedad absorbente, PES, S.L., continuará manteniendo su propio compromiso y el de las empresas absorbidas, en relación a las preocupaciones sociales y ecológicas en el desarrollo de sus actividades y a sus interlocutores. La fusión por absorción de las sociedades se acoge al régimen tributario especial de neutralidad fiscal establecido en el Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

Segundo.- Aprobación de los respectivos balances de PES, S.L., Centre de Fires i Congressos Sabadell, S.L. y Sabadell Equipaments i Serveis, S.L., cerrados a 31 de diciembre de 2011, como balances de fusión.

Tercero.- Aprobar que la fusión se acoja al régimen tributario especial de neutralidad fiscal establecido en el Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

Cuarto.- Ruegos y preguntas. Aprobación del acta de la reunión y, en su caso, delegación de facultados para su elevación a público.

De conformidad con el art. 40.2, con relación al art. 39.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace constar el derecho que corresponde a todos los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores a examinar en el domicilio social de las tres compañías, y de pedir la entrega o el envío gratuito, de los documentos siguientes a) El proyecto común de fusión por absorción; b) Las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres últimos ejercicios, así como los correspondientes informes de los Auditores de Cuentas de las sociedades; c) Los Estatutos Sociales vigentes incorporados a escritura pública, de cada una de les sociedades que intervienen en la fusión; d) El texto íntegro de los estatutos de la sociedad absorbente y e) La identidad de los Administradores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, y la fecha desde la que ejercen sus cargos.

Sabadell, 19 de julio de 2012.- Presidente del Consejo de Administración de Centre de Fires i Congressos Sabadell, S.L., don Manuel Bustos Garrido.

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