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Documento BORME-C-2012-24617

GRUPO LALASTRA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
DIVISU89, S.L.U.
INVERSIONES SIERRA HERMOSA, S.L.U."
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 164, páginas 26614 a 26614 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-24617

TEXTO

Anuncio de escisión total

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de abril, sobre modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"),por remisión del artículo 73.1 de la LME, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de "Grupo Lalastra, S.L.", (la "Sociedad"), celebrada en el domicilio social el día 1 de agosto de 2012, ha aprobado por unanimidad la escisión total de la Sociedad mediante la división de su patrimonio en dos partes, para el traspaso en bloque de cada una de ellas a favor, respectivamente, de las sociedades, "Divisu89, S.L.U." y "Inversiones Sierra Hermosa, S.L.U.".

Dichas sociedades beneficiarias ampliarán su capital, como consecuencia de la escisión total de la Sociedad, todo ello previa disolución sin liquidación de la sociedad escindida, adquiriendo las sociedades beneficiarias por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido que respectivamente se les atribuya. Las participaciones sociales de cada una de las sociedades beneficiarias se atribuirán a los accionistas de la Sociedad proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital social de la misma.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, no siendo necesarios el informe de los Administradores, ni el informe de expertos independientes sobre el proyecto de escisión, ni el balance de escisión, en los términos previstos en los artículos 42 y 78 bis de la LME.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad a oponerse a la escisión total en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión total.

Santander, 17 de agosto de 2012.- El Administrador, don Alfonso Lalastra de la Fuente.

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